Desde julio de 2021, se ha establecido un nuevo sistema de gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA ventanilla única) en los e-commerce. Ese sistema establece las normas de tributación para las entregas de bienes y servicios contratados a través de internet por consumidores finales comunitarios (por ejemplo, compras en plataformas como Amazon). Así se permite a las empresas declarar el IVA correspondiente a todas sus ventas a consumidores finales en la Unión Europea en un único estado miembro, en lugar de tener que declararlo en cada país.
A cada operación realizada a consumidor final no empresario se le aplicará el tipo de IVA correspondiente al país de destino. Ejemplo: Venta de café y té a un consumidor francés se aplicará el tipo de IVA del 5,5% correspondiente al IVA en Francia para este tipo de productos. Requisitos: tiene que tratarse de una operación intracomunitaria, tanto de venta de bienes como prestación de servicios, donde el consumidor final sea un particular (no empresario).
En la web de la Agencia Tributaria, se explica con detalle y hay preguntas y respuestas fáciles y entendibles
Se sustituye el umbral anterior por cada país por un umbral conjunto de 10.000 euros/año en ventas a consumidores de otros Estados miembros. Es decir arranca el sistema cuando se vende en Amazon el euro 10.001.
Este sistema es voluntario para empresas que no superen el umbral de 10.000 euros en este tipo de operaciones y OBLIGATORIO para las que lo superen. Las empresas o empresarios a las que se aplique este régimen deben darse de alta en el sistema de IVA Ventanilla única. El alta será , en general donde esté la sede o establecimiento del empresario o profesional, mediante la presentación de Modelo 035 de la Agencia Tributaria.
Plazos de presentación del Modelo de alta censal 035 e inicio del régimen especial.
La regla general es que el régimen comienza a aplicarse a partir del primer día del trimestre siguiente al que se presente la declaración de inicio, modelo 035). Ejemplo si se presenta el alta el 20 de diciembre, empieza a aplicarse el 1 de enero.
También se podrá realizar una “comunicación de operaciones previas”. Por ella, el régimen se aplicará desde la fecha de comienzo de las operaciones siempre que se presente la declaración (035) antes del décimo día del mes siguiente al inicio de estas. Ejemplo: Inicio de operaciones el 1 de enero, se puede presentar la declaración hasta el 10 de febrero siempre que se marque como inicio de operaciones la fecha anterior.
Las empresas o profesionales que quieran dejar de aplicar este régimen especial deberán presentar modelo 035 de cese al menos quince días antes de que finalice el trimestre natural anterior a aquel en que el empresario pretenda dejar de utilizar el régimen. Ejemplo: si quiere dejar de aplicar el régimen con fecha 01/01/2023 el modelo 035 de cese deberá presentarse antes del 15 de diciembre de 2022. La AEAT también podrá excluir del régimen a algún empresario o profesional si verifica que se han dejado de realizar este tipo de operaciones o que se han incumplido las normas del régimen.
Declaración del IVA como consecuencia de estas operaciones de ventanilla Única (Modelo 369)
La empresa o profesional acogido a este sistema deberá presentar trimestralmente (o mensual según su obligación de presentación de IVA) declaración Modelo 369. En esa declaración se ingresa el IVA de los países europeos en los que se ha realizado ventas o prestaciones de servicios acogidas a este sistema de Ventanilla Única. En dicho modelo se desglosan los tipos de operaciones realizados (Venta de bienes o prestaciones de servicios) por cada país de destino, aplicando el IVA correspondiente al destinatario.
Ejemplo: Ventas de bienes a través de Amazon a particulares de Austria, Bélgica y Alemania.
El importe resultante de la declaración se ingresará en la Agencia Tributaria del Estado miembro donde se haya registrado la empresa. También se debe hacer constar en el Modelo 303 IVA trimestral/mensual la suma total de las bases de este tipo de operaciones (casilla 124)
Adicionalmente existen otros dos regímenes especiales. Son el Régimen Exterior a la Unión, para empresas y autónomos no establecidos en la UE que presten servicios a consumidores finales de la UE. y Régimen de Importación para empresas o autónomos establecidos o no en la UE que realicen ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros en envíos por valor que no exceda de 150 euros.
En nuestro Despacho contamos con un equipo experto que puede asesorarte en la realización de estas declaraciones fiscales por ventas en plataformas de Marketplace como Amazon a través del régimen de Ventanilla Única
Nuria Gómez Herranz
Abogada – fiscalista
Diciembre 2022