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SUBE EL SALARIO MINIMO EN 2023

SUBE EL SALARIO MINIMO EN 2023

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El pasado día 15 de febrero se publicó en el BOE el Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional 2023.

El nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) se fija a 1080 euros brutos en 14 pagas o si las extras están prorrateadas en 1.260 euros brutos, que serían 15.120 euros brutos anuales. Todo ello se fija con carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2023.

Dentro de estas cantidades debemos tener en cuenta todo lo que se considere salario y es, básicamente, todo lo que viene en la nómina (por ejemplo, el plus transporte o las dietas NO son salario) con alguna excepción que habrá que analizar en cada caso.

No a todos los trabajadores les afectará la subida, únicamente les va a afectar a aquellos que tengan el salario bruto por debajo del SMI nuevo. Es muy común que trabajadores y empresas piensen que la subida del SMI implicará siempre y en todo caso un aumento de las nóminas, y no es así. Veámoslo con unos ejemplos:

Trabajador A

  • Salario base 1.000 euros
  • Prorrata pagas extras 166,67 euros

TOTAL DEVENGO 1.167,67 EUROS.

En este caso, SI tendríamos que aumentar el salario al trabajador, ya que el salario que viene cobrando está por debajo del nuevo SMI (1.260 euros brutos en total).

Trabajador B

  • Salario base 1.200 euros
  • Prorrata pagas extras 200 euros

TOTAL DEVENGO 1.400 EUROS.

En este caso, NO tendríamos que aumentar el salario al trabajador puesto que lo que viene cobrando es superior al SMI.

Trabajador C

  • Salario base 1.000 euros
  • Prorrata pagas extras 166,67 euros
  • Plus transporte 200 euros

TOTAL DEVENGO 1.367,67 EUROS.

En este caso SI tendríamos que aumentar el salario, puesto que como hemos explicado, el plus transporte no se considera salario y, por tanto, no lo debemos tener en cuenta a la hora de aplicar la subida.

No obstante, es recomendable analizar caso a caso, pues hay que revisar la nómina en cuestión junto con el contrato y el convenio colectivo de aplicación.

En nuestro despacho, llevamos muchas empresas de asesoría fiscal, laboral y contable, y aunque no seas cliente habitual, podemos asesorarte sobre este asunto, y si eres trabajador y quieres que analicemos tu caso particular también te ayudaremos.

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Carmen Sánchez

Abogada

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